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MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia tendrá que definir por primera vez si el voto secreto de los agremiados a un sindicato debe ser obligatorio, o si es válida la práctica tradicional del voto abierto o a mano alzada.
Los ministros, que inician el lunes su segundo periodo de sesiones, tendrán que fijar un criterio luego de que tribunales federales entraron en contradicción sobre el tema, uno de los más polémicos en la vida interna de los gremios.
En abril pasado, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia del Trabajo resolvió que el voto secreto "es condición esencial de la libertad sindical", por lo que las juntas de conciliación y arbitraje deben vigilar que se cumpla este requisito en los procedimientos para determinar la titularidad de un contrato colectivo.
"El carácter secreto del voto es elemento esencial para que se hagan valer los principios básicos de la democracia entre los trabajadores", afirmó el tribunal.
"Resulta obvio que un voto abierto a voz cantada está sujeto a la presión de las personas presentes en el acto decisorio, entre ellas, el propio empleador y los representantes del sindicato", agregó.
Lo anterior lo estableció al conceder un amparo al Sindicato de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares en una disputa con otro sindicato que busca la titularidad del contrato con una planta de cal propiedad de Mexicana de Cobre.
El tribunal colegiado se basó en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, para resolver que el sindicato minero tuvo razón al impugnar la votación abierta.
En ésta solo participaron 16 de los 59 empleados, todos en favor de emigrar al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Exploración, Explotación y Beneficio de Minas de la República Mexicana.
El tribunal colegiado ordenó reponer el procedimiento con votación secreta e inclusión de todos los agremiados.
Otros cuatro tribunales ya acudieron a la Corte para denunciar que este criterio se opone al que ellos han sostenido, de que los votos pueden ser secretos o abiertos porque la Ley Federal del Trabajo no impone alguno de estos métodos.
La Segunda Sala de la Corte admitió el caso a trámite el pasado 29 de mayo y es previsible que resolverá en el segundo semestre.
En sentencias anterior, la Corte ha considerado que el recuento abierto de votos es Constitucional. La más reciente fue dictada este año, cuando falló contra un sindicato que peleaba la titularidad del contrato colectivo del ingenio azucarero El Potrero.
(Agencia Reforma)
Opiniones de Lectores

! DEMOCRACIA SINDICAL ! Aurelio , 03/08/2008 16:44 Pensamos que si la Suprema Corte de justicia decidiera a favor del voto secreto esa acción estaría a la altura de la democracía que esta viviendo este GRAN PAÍS en el que sus ciudadanos eligen a sus gobernantes por acción de sufragio secreto.
Pero pensemos, eso sería un golpe mortal para los liderez eternos que manejan sindicatos a nivel corporación, donde el estatuto de la vida interna hace nombrar en asambleas delegados que acompañaran a su secretarío general y en los consejos ó congresos elijirán a sus liderez nacionales a manos alzada.
El voto secreto pero en cada sección del sindicato permitiría elegir a tú representante sin la presión sicologica, berval ó fisica por parte de sus mismos compañero.
Esto también llevaría á crear modelos para la vida interna del sindicato; Como auditorías de los bienes sindicales, que muchos liderez han visto sus cargos como una fuente de ingresos personales y no intereses de sus compañeros, esta democracia tambien llevaría a tener más participación en las reviciones contractuales.
Alerta al Moderador [ responder ] 
opcion de un sindicato ya conocido y un sindicato blanco o de papel a favor de las empresas jose gutierrez montoya , 03/08/2008 10:15 si esos caleros se quieren ir al sindicato blanco que se ballan en vez de buscar mejoria para sus familia la van a empeorar vamos buscando salarios justos de acuerdo a la carestia necesitamos ganar de perdida la mitad de la que gana cualquier poltico
Alerta al Moderador [ responder ]








